#LeyAntiderroche | La Ley andaluza de Movilidad Sostenible dice NO a los intereses de promotoras y especuladores

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Aprobado el texto en forma de Anteproyecto por el Consejo de Gobierno de la Junta

La norma será la primera en España en exigir un estudio previo de impacto social y ambiental a partir del cual determinar la nueva construcción

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el anteproyecto de la Ley Andaluza de Movilidad Sostenible, que persigue como objetivos fundamentales incrementar la cuota de transporte público y de la movilidad no motorizada (en bicicleta y a pie) en el desplazamiento de personas y del ferrocarril en el transporte de mercancías. El anteproyecto fija también como meta “racionalizar las inversiones en infraestructuras y servicios de transporte adecuándolas a criterios objetivos de ahorro y eficiencia, debiendo supeditarse la inversión a su viabilidad a partir de los correspondientes indicadores de movilidad”.

Para ello el anteproyecto, que se prevé que se convierta en proyecto de Ley el año próximo, establece que todos los proyectos de construcción de nuevas infraestructuras del transporte y de puesta en servicio de las mismas deberán acompañar un informe de costes externos. Reglamentariamente se determinará el umbral a partir del cual se considerará la construcción de la infraestructura, en atención a los costes sociales y ambientales. Esto se traduce en que, a la hora de concebir una nueva infraestructura del transporte (una carretera o una vía ciclista, por ejemplo) se debe tener en cuenta no sólo su viabilidad en función del coste económico y demanda de viajeros, sino que además se deben considerar los costes externos.

La Consejería elaborará un reglamento con la metodología para calcular los costes externos, es decir: contaminación atmosférica y acústica, impacto paisajístico, impacto negativo en la salud pública, accidentalidad, monopolización del espacio público por parte del coche --que necesita 30 veces más espacio que el autobús para transportar al mismo número de personas-- y pérdida de horas productivas por la congestión del tráfico, entre otras variables.

Sobre esa metodología, los proyectos de nuevas infraestructuras deberán incorporar siempre el informe de costes externos, único en el conjunto de la normativa española sobre movilidad y transportes. Hasta la fecha los estudios informativos de los proyectos han incluido análisis de demanda y de viabilidad económica, en función de la ecuación costes/demanda real, pero esta Ley ampliará el alcance con un estudio de las externalidades, lo que supone una garantía determinante.

El anteproyecto prevé toda la planificación de la movilidad a escala autonómica, territorial y urbana. Para ello crea cuatro tipos de planes de movilidad sostenible: el Plan Andaluz de Movilidad Sostenible; los Planes Territoriales de Movilidad Sostenible de las Aglomeraciones Urbanas, es decir, de Almería, Bahía de Cádiz, Campo de Gibraltar, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla; los Planes de Movilidad Urbana Sostenible, y los Planes de los Centros Generadores de Movilidad. Todos ellos estarán aprobados antes de finalizar 2015.

Planes sobre el territorio

La aprobación de los planes corresponderá al Consejo de Gobierno. Actualmente ya se encuentran tramitación el andaluz y los territoriales. El primero de ellos es el de mayor ámbito y tiene carácter prevalente sobre el resto. Establecerá el programa completo de servicios e infraestructuras de transporte previsto por el Gobierno y la Junta, detallando la inversión, y fijará todo el marco de medidas para fomentar el desplazamiento a pie, en bicicleta y en transporte público de personas y en ferrocarril de mercancías. El Plan Andaluz es el que establecerá las determinaciones normativas para que la implantación de una nueva infraestructura destinada al transporte público colectivo basada en ratios de demanda, rentabilidad social y viabilidad económica.

Los nueve Planes Territoriales incluirán un diagnóstico de la movilidad y su evolución previsible en cada área metropolitana, así como objetivos y criterios para el trazado de plataformas reservadas para el transporte público en tramos de competencia autonómica y de vías peatonales y ciclistas.

Los ayuntamientos, por su parte, aprobarán sus respectivos Planes Urbanos, obligatorios para los municipios de más de 20.000 habitantes y para aquellos que determinen los Planes Territoriales por sus problemas de movilidad. Los Planes Urbanos, que requerirán del informe favorable de la Consejería, incluirán el trazado de plataformas reservadas para el transporte público y de vías ciclistas y peatonales, mapas de zonas de calmado de tráfico, caminos escolares seguros y una planificación de infraestructuras con programa de inversiones y previsión de coste de mantenimiento.

A su vez los Planes Urbanos identificará los Centros Generadores de Movilidad Sostenible, que incluirán zonas de trabajo con 200 o más personas, centros educativos con más de 250 (entre alumnado y profesorado), polígonos industriales y parques empresariales, grandes superficies minoristas y centros de ocio, hospitales, centros de salud y establecimientos sanitarios que cuenten con más de 250 personas entre usuarios y personal, estadios, pabellones deportivos y edificaciones donde se desarrollen espectáculos con gran afluencia de público. Todos éstos deberán contar con un Plan de Movilidad Sostenible en el plazo de un año desde su identificación, así como con un gestor de movilidad.

Impacto de la movilidad en planes urbanísticos

El anteproyecto establece que los planes e instrumentos urbanísticos que supongan un significativo incremento de la movilidad deben ir acompañados de un estudio de impacto de la movilidad generada. Dichos estudios evaluarán el incremento potencial de desplazamientos provocados por la nueva planificación, determinarán la capacidad de absorción de la mayor demanda por las infraestructuras existentes y plantearán medidas para absorberlo. La Consejería emitirá un informe vinculante sobre dicho estudio en un plazo de tres meses.

Además, en estas planificaciones los promotores deberán obligatoriamente contribuir a sufragar los gastos por el incremento de los costes de las infraestructuras para la nueva movilidad generada, en los porcentajes que se establezcan reglamentariamente. Es decir, si un desarrollo urbanístico aislado implica la construcción de una nueva infraestructura, el promotor deberá contribuir económicamente a sufragarla.

El anteproyecto incluye además un amplio conjunto de medidas concretas para el fomento del uso de la bicicleta, como la obligatoriedad de que los edificios de uso residencial de nueva construcción contemplen emplazamientos específicos, seguros y resguardados para el doble de bicicletas que viviendas haya; del transporte público colectivo y medidas para la sostenibilidad del transporte de mercancías. En este ámbito, la norma establece que las administraciones públicas impulsarán áreas logísticas y de transporte de mercancías para facilitar el intercambio modal y el transporte de mercancías; la Junta de Andalucía continuará el desarrollo de la red de áreas logísticas de interés autonómico, articulada con los puertos comerciales ubicados en Andalucía y en red con España y Europa, mientras que para la distribución de mercancías en el entorno urbano, se promoverá la implantación de áreas en las que ubicar microplataformas logísticas.

Entre sus disposiciones, el anteproyecto de Ley exige que en el plazo de un año desde la aprobación de la norma deberá ofrecerse información en internet sobre rutas y horarios, así como la posibilidad de adquisición de billetes para cualquier desplazamiento de media o larga distancia en autobús.

Financiación y Fondo Andaluz para Municipios Libres de Coches

Las actuaciones que se desarrollen en el marco de esta Ley se financiarán con las aportaciones de las administraciones públicas y del Fondo Andaluz para Municipios Libres de Automóviles, una nueva figura que crea la Ley para fomentar la liberación de espacio público en los municipios.

El objeto de la financiación será la realización de obras y actuaciones para configurar espacios urbanos accesibles. Este fondo se dotará con las aportaciones que realice la Junta de Andalucía, que establecerá reglamentariamente las características mínimas que deban reunir los espacios libres de automóviles.

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