Cortés afirma que la Ley de Movilidad Sostenible “consagra la eficiencia como principio rector de la inversión pública”

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Destaca el “efecto contra la dispersión urbana”

La consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés, ha señalado que la Ley Andaluza de Movilidad Sostenible, aprobada en septiembre como anteproyecto, “consagrará normativamente la eficiencia como principio rector de la inversión en obra pública” por primera vez en una comunidad autónoma. La norma, que llegará al Parlamento previsiblemente en el segundo periodo de sesiones del año próximo, supondrá “un antes y un después en la forma de planificar y ejecutar las políticas de movilidad y las infraestructuras de transporte”, ha afirmado hoy Cortés en el Parlamento de Andalucía.

Cortés ha subrayado que la eficiencia en el gasto está establecida en el anteproyecto como principio rector de la Administración. Y también en los objetivos de la norma, uno de los cuales es “racionalizar las inversiones en infraestructuras y servicios de transporte adecuándolas a criterios objetivos de ahorro y eficiencia, debiendo supeditarse la inversión a su viabilidad a partir de los correspondientes indicadores de movilidad”, según dice el propio texto.

Cortés ha afirmado que el Plan Andaluz de Movilidad Sostenible, actualmente en elaboración, será fundamental para cumplir el objetivo de establecer por ley la racionalización de la inversión, “algo en lo que Andalucía tomará la delantera al resto de comunidades autónomas”, ya que incluirá las determinaciones normativas para que la implantación de una nueva infraestructura destinada al transporte público colectivo esté basada en ratios de demanda, rentabilidad social y viabilidad económica.

Informe de costes externos

La consejera ha recordado que el artículo 19 de la Ley señala: “Los proyectos de construcción de nuevas infraestructuras del transporte y de puesta en servicio de las mismas deberán acompañar un informe de costes externos. Reglamentariamente se determinará el umbral a partir del cual se considerará la construcción de la infraestructura, en atención a los costes sociales y ambientales”.

Esto se traduce, ha explicado Cortés, en que, a la hora de concebir una nueva infraestructura del transporte (como un metro, un tranvía o una vía ciclista) “se debe tener en cuenta no sólo su viabilidad en función del coste económico y demanda de viajeros, sino que además se deben considerar los costes externos”. La consejera ha explicado que su departamento elaborará un reglamento con la metodología para calcular dichos costes externos. “Sobre esa metodología, los proyectos de nuevas infraestructuras deberán incorporar siempre un informe”, ha explicado la consejera en la Comisión de Fomento y Vivienda.

Los informes de costes externos deberán incluirse en todos los proyectos de construcción de infraestructuras, en el Plan Andaluz de Movilidad y en los Planes Territoriales y Urbanos, también actualmente en elaboración. “Este requisito es único tanto en el conjunto de España como con respecto a la normativa andaluza en vigor, por ejemplo la Ley de Ordenación del Transporte Urbano y Metropolitano o la Ley de Carreteras, o sus instrumentos de planificación, como el Plan PISTA”, ha detallado la consejera.

Cortés ha precisado que hasta ahora los estudios informativos de los proyectos han incluido análisis de demanda y de viabilidad económica, en función de la ecuación costes/demanda real, “pero ahora la exigencia se ampliará con la obligatoriedad de un estudio de las externalidades, lo que supone una garantía determinante y definitiva”. “Esta Ley parte de la base de que cada euro público debe invertirse allí donde rinda un mejor servicio público, allí donde mejor atienda a las necesidades de la mayoría social”, ha afirmado la consejera.

Transporte público, bicicleta y ferrocarril

La consejera ha explicado que el objetivo fundamental de la Ley es incrementar el uso del transporte público y la bicicleta en el desplazamiento de personas, y del ferrocarril en el de mercancías. Cortés ha recordado que en las nueve áreas metropolitanas de Andalucía el 61% de los desplazamientos cotidianos se realiza en coche (57%) o moto (4,9%), frente al 29% a pie, el 6,8% en transporte público y el 1,4% en bicicleta. Mientras tanto, la media de las áreas metropolitanas de la UE-27 es de un 49% en coche o moto, frente al 26% a pie, el 20% en transporte público y el 6% en bici. “Estamos 13,2 puntos por debajo en transporte público y 4,6 por debajo en bicicleta. Al mismo tiempo estamos hasta 12 puntos por encima en coche y moto”, ha explicado Cortés para ilustrar los motivos de la Ley, que también incluye entre sus principios la imputación de los costes de la contaminación al agente contaminante.

El anteproyecto incluye además un conjunto de medidas concretas para el fomento del uso de la bicicleta. Como ejemplos, Cortés ha señalado que los vehículos de transporte público colectivo en Andalucía contarán con espacio reservado para el transporte de bicicletas y los edificios de uso residencial de nueva construcción deberán contemplar emplazamientos específicos, seguros y resguardados, para el doble de bicicletas que viviendas haya. En cuanto al fomento del transporte público, las plataformas reservadas serán un contenido obligatorio de los Planes Territoriales y de los Planes Urbanos cuando la velocidad comercial del transporte público colectivo sea inferior a la del automóvil, entre otras medidas.

Aportación de los promotores

El anteproyecto, ha afirmado Cortés, establece que los planes e instrumentos urbanísticos que supongan un significativo incremento de la movilidad deben acompañar un estudio de impacto de la movilidad generada. Dichos estudios evaluarán el incremento potencial de desplazamientos provocado por la nueva planificación, determinarán la capacidad de absorción de la mayor demanda por las infraestructuras existentes y plantearán medidas para absorberlo, ha explicado.

Tras emitir la Consejería un informe vinculante sobre dicho estudio en un plazo de tres meses, los promotores deberán obligatoriamente contribuir a sufragar los gastos por el incremento de los costes de las infraestructuras para la nueva movilidad generada. “Si un desarrollo urbanístico aislado implica la construcción de una nueva infraestructura, el promotor deberá contribuir económicamente a sufragarla”, ha afirmado la consejera, que ha señalado que esta medida no sólo “supone un uso eficiente del dinero público, sino que “tiene un efecto disuasorio sobre la diseminación y la dispersión urbanística, que genera ciudades caras, incómodas, difíciles de surtir de servicios e insostenibles social y económicamente”.

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